Comisión de quejas y denuncias declara improcedente medida cautelar en contra de promocional del PAN
CIUDAD DE MÉXICO. MX.— La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró la improcedencia de la medida cautelar solicitada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) en contra del promocional denominado “OC1NA”, pautado por el Partido Acción Nacional (PAN) -en radio y en televisión- para los Estados de Coahuila, México, Nayarit y Veracruz.
El PRI planteó -en la queja presentada- que el spot del PAN debía retirarse bajo el supuesto que su contenido contraviene el principio de equidad en la contienda por no ser de carácter genérico, como establece la ley electoral en periodo de intercampañas en que se encuentran los Estados de Coahuila, México y Veracruz, así como el período de precampaña que se desarrolla en Nayarit.
En sesión extraordinaria urgente, por unanimidad de votos de las Consejeras Adriana Favela y Beatriz Galindo, así como del Consejero José Roberto Ruiz, -quien anunció un voto concurrente- la Comisión determinó que el promocional denunciado no se difunde, a la fecha, en las Entidades de Coahuila, México y Nayarit, por lo que se trata de hechos consumados.
De igual forma, en el caso del Estado de Veracruz, la Comisión consideró que si bien el spot señalado concluirá su transmisión el 15 de marzo, la medida cautelar debe declararse improcedente con base en un reciente pronunciamiento de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que analizó el contenido del mismo promocional, en atención a una queja diferente.
La Sala Regional Especializada estableció que el spot titulado “OC1NA” cumplía con el carácter genérico permitido, y que su contenido constituía críticas generales -de relevancia nacional como: la corrupción, la economía y la violencia- acordes con las ideas y postulados del PAN, las cuales no implican propaganda electoral sino un posicionamiento político del partido emisor.
(Fecha de publicación 15032017)