Consejería pide a Norma Piña atraer amparos contra extinción de 13 fideicomisos
CIUDAD DE MÉXICO. MX. — La Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal solicitó a Norma Piña, ministra presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), atraer los recursos legales interpuestos contra la reforma que extinguió los 13 fideicomisos del Poder Judicial de la Federación (PJF), con un acumulado de más de 15 mil millones de pesos que serían destinados a los damnificados de Otis en Guerrero.
En un comunicado, la Consejería Jurídica indica que integrantes del Poder Judicial de la Federación están interesados en mantener el control de recursos públicos obtenidos con las “aportaciones de los contribuyentes (pueblo), están impedidos para resolver con imparcialidad dichos juicios de amparo”.
Indica que la Suprema Corte debe atraer y resolver de forma prioritaria los amparos relacionados con los 13 fideicomisos del Poder Judicial, “ya que existen características excepcionales y trascendentes al verse involucrados intereses económicos de jueces, magistrados y demás personal del PJF, lo cual se contrapone con el interés público de la sociedad para utilizar los recursos públicos en la atención a la población de Acapulco y Coyuca de Benítez”.
Suspensiones relacionadas con 13 fideicomisos son rápidas e inusuales: Consejería Jurídica
La Consejería Jurídica destacó que en forma rápida, inusual y sin oír a todas las partes en juicio, el juez decimosegundo de Distrito en Chihuahua, Juan Fernando Luévano Ovalle, otorgó la suspensión definitiva del decreto de 27 de octubre de 2023 con efectos para todos los jueces y magistrados del PJF, incluido él, con lo que impide de manera indefinida que la Tesorería de la Federación pueda disponer de los recursos de los 13 fideicomisos extintos para la reconstrucción de Acapulco.
Asimismo, la jueza novena de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, Elizabeth Trejo Galán, también otorgó la suspensión con efectos generales que le favorece, así como a los demás jueces y magistrados, hayan promovido o no, juicio de amparo. La suspensión solo debía otorgarse de existir un acto concreto derivado de la norma que afectara la esfera jurídica de los quejosos, y no en favor de terceros ajenos al juicio.
“Jueces y magistrados resuelven amparos que les benefician con el pretexto de defender la independencia judicial; pretenden mantener el control de los recursos públicos de los fideicomisos para otorgarse beneficios extraordinarios de los que no gozan los demás servidores públicos”, indica el comunicado.
PUBLICADO EL 10 NOVIEMBRE DE 2023/ Con información de Excélsior)