Docentes exigen su salario y la compensación por jornada extendida
Las Escuelas de Tiempo Completo, comenzaron a operar durante el período presidencial de Felipe Calderón Hinojosa en los niveles de preescolar, primaria y media superior, constituye un programa federal que incorpora la participación de planteles de educación primaria del sistema básico oficial −estatal y federalizada−, que extienden su jornada escolar para ofrecer a los estudiantes oportunidades de aprendizaje que se pretende repercutan en mejores resultados educativos, logro de aprendizajes con calidad −aún cuando la presidenta del INEE siga sin poder definir el significado y alcance del término “calidad” en la política educativa del actual sexenio− en un marco de equidad y atención a las necesidades educativas de niñas, niños y adolescentes que forman parte de la comunidad escolar.
Las escuelas participante en el programa en cuestión, laboran con el mismo calendario que las instituciones que no se están registradas en el programa, es decir, 200 días lectivos, cuya única diferencia es la jornada ampliada que supone fortalece la convivencia escolar y facilita al docente la diversificación de las actividades –aprendizaje de segunda lengua, tecnologías informáticas, educación física, artística, técnicas de estudio independiente, formación de hábitos, cuidado de la salud y alimentación−, en el aula y la utilización efectiva del tiempo escolar.
De acuerdo con información difundida en el sitio Web de la Secretaría de Educación Pública (SEP), el programa Escuelas de Tiempo Completo (PETC), opera con jornadas entre 6 y 8 horas diarias, conforme a la suficiencia presupuestal e incorporando a los establecimientos educacionales que en mayor medida requieren del apoyo económico, identificados por dos factores: índice de pobreza y grado de marginación, los cuales son importantes para impulsar el esquema de suministro de alimentos para el alumnado.
Resultados del programa a nivel nacional
De acuerdo a un estudio comparativo efectuado a la prueba ENLACE en el periodo 2008-2010, publicitado por la SEP, las Escuelas De Tiempo Completo han impactado positivamente en los resultados de dicha evaluación.
En este tenor, en 2007, sólo un 1.74 por ciento obtuvo la calificación “excelente”, mientras que tres años después (2010), este resultado se elevó a 5.30; sucediendo una situación similar con la calificación “bueno” donde la cifra aumentó de 14.97 a 21.71; en tanto que las calificaciones “insuficiente” y “elemental” registraron bajas importantes de 6 puntos y 11 puntos, respectivamente. Esto podría ser un indicador de que las escuelas de tiempo completo sí establecen una diferencia significativa en la calidad de la educación.
Causalidades presupuestales en marcha
En su momento, el diputado Francisco Martínez Neri de la fracción parlamentaria del PRD, señaló las múltiples irregularidades detectadas por la Auditoría Superior de la Federación (ASF), respecto al Programa Escuelas de Tiempo Completo, el tiempo sigue su rumbo sin que las observaciones realizadas hayan sido solventadas y las autoridades involucradas hayan sido sancionadas, incluso, hizo mención sobre la onerosa suma destinada durante los años 2012 a 2016, cuyo monto alcanzó la nada despreciable cantidad de 46 mil 467 millones de pesos, cuya aplicación no logra impactar positivamente en los resultados de los estudiantes, además, no se ha ejercido el presupuesto al 100 por ciento, así como, tampoco sabe dónde quedó el recurso financiero que no se ejerció oportunamente. Está claro… ¡la transparencia, rendición de cuentas y las sanciones por desvío del recurso público y lo que se agregue… brillan por su ausencia!
Pero, mientras el presupuesto se queda en el camino o se desvía a terrenos insospechados, en Sonora conforme avanza el presente ciclo escolar (2017-2018) se ha puesto de manifiesto la creciente inconformidad que embarga el ánimo de personal docente y administrativo que trabaja en cerca de 793 planteles de educación primaria −estatales y federales−, inscritas en el programa Escuelas de Tiempo Completo, situación en la que cerca de 120 recintos escolares están suspendiendo labores, debido a que la Secretaría de Educación ha incumplido con la retribución salarial, la compensación e indebidamente ha aplicado el impuesto sobre la renta (ISR) a esta última, situación por demás irregular que transgrede la esfera jurídica, laboral y patrimonial del personal adscrito a los centros incorporados al programa.
En este contexto, exponen que la Ley del ISR artículo 90, párrafo quinto, señala:
“Tampoco se consideran ingresos para efectos de este Título, los ingresos por apoyos económicos o monetarios que reciban los contribuyentes a través de los programas previstos en los presupuestos de egresos, de la Federación o de las Entidades Federativas”.
Párrafo adicionado DOF 30-11-2016
En tanto el párrafo sexto del ordenamiento normativo en comento, dispone:
“(…) los recursos se deberán distribuir a través de transferencia electrónica de fondos a nombre de los beneficiarios quienes, a su vez, deberán cumplir con las obligaciones que se hayan establecido en las reglas de operación de los citados programas y deberán contar con la opinión favorable por parte de la autoridad competente respecto del cumplimiento de obligaciones fiscales, cuando estén obligados a solicitarla en los términos de las disposiciones fiscales. Los gastos o erogaciones que se realicen con los apoyos económicos a que se refiere este párrafo, que no se consideren ingresos, no serán deducibles para efectos de este impuesto. (…)”.
Es importante mencionar que la reglas de operación, aplicable al programa Escuelas de Tiempo Completo, establece en el rubro dedicado a cuestiones financieras, lo siguiente:
De los recursos transferidos para la operación del PETC en las Entidades Federativas se podrá destinar hasta un 61% (sesenta y uno por ciento) de dichos recursos federales, para el pago de apoyo económico por concepto de compensación a personal directivo, docente y de apoyo (intendente) de las Escuelas de Tiempo Completo. El porcentaje restante se destinará a los pagos fijos que se realizan por concepto de fortalecimiento de la autonomía de gestión de las escuelas; apoyos para el Servicio de Alimentación y apoyos para la implementación local, consistente en tres aspectos básicos:
a) Recursos para desarrollar las acciones de fortalecimiento de la autonomía de gestión.
b) Apoyos para el Servicio de Alimentación.
c) Apoyos a la implementación local dirigidos a asegurar el seguimiento y la participación activa de los responsables de la operación del PETC.
Por su parte, la autoridad educativa local, deberá garantizar que las escuelas públicas de educación básica participantes en el PETC dispongan y ejerzan los recursos de manera directa, oportuna y transparente. Así como, los recursos para el personal directivo, docente y de apoyo (intendente) que desempeñen las funciones específicas de su puesto durante la jornada extendida, conforme al presupuesto disponible y previa autorización de la SEB por conducto de la Dirección General de Desarrollo de la Gestión e Innovación Educativa (DGDGIE).
Ahora bien, para el otorgamiento de apoyo económico a personal directivo y docente la autoridad educativa local debe apegarse a diversos criterios dispuestos en las reglas de operación mencionadas, entre ellas:
“Para el personal directivo y docente de preescolar y primaria, el pago del apoyo económico aplicará cuando tenga una sola plaza, amplíe su jornada de trabajo −al menos dos horas− en una Escuela de Tiempo Completo de seis horas. En el caso de secundaria dependerá del número de horas adicionales que cubra efectivamente dicho personal”.
Asimismo, el apoyo económico procederá únicamente en las escuelas públicas de educación básica que participen en el PETC y no se otorgará cuando el personal directivo o docente realice un cambio de adscripción, salvo que la nueva escuela pública de educación básica también esté incorporada al programa y el personal directivo o docente desempeñe la función en la ampliación de la jornada.
Además, la autoridad educativa local, efectuará el pago de los apoyos económicos que el PETC destina a personal docente, directivo, escuelas y lo correspondiente al Servicio de Alimentación del alumnado. En ningún caso se podrán utilizar los recursos financieros asignados a apoyos a la implementación local para el pago de prestaciones de carácter económico, compensaciones, sueldos o sobresueldos de las y los empleados que laboren en la SEP, dependencia educativa local o la AFSEDF. Del mismo modo, los apoyos a la implementación local no se podrán utilizar para la adquisición de equipo de cómputo, equipo administrativo, línea blanca, material de oficina o vehículos.
Los docentes exponen con tristeza y decepción que esta situación ha ocurrido en infinidad de ocasiones, la han sufrido siempre y están cansados de que la dependencia educativa esté “jineteando” su dinero por meses, la jornada es extenuante, mientras la retribución y la compensación, simplemente… no llegan!
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