Nov 26, 2024

Exhorta Carlos Fu a regular retenes policiacos y militares

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HERMOSILLO, SONORA.MX.— Con la finalidad que se transparenten las reglas para la instalación, operación, alcances de los retenes policiacos y militares en Sonora y se realicen respetando los derechos humanos, el diputado Carlos Manuel Fu Salcido exhortó a las autoridades de los tres niveles de gobierno a regular estos puntos de revisión.

El exhorto está enfocado en lograr que los titulares de los Poderes Ejecutivos Federal, Estatal y Municipales, Ejército Mexicano e instituciones de seguridad pública de los tres niveles de Gobierno, emitan lineamientos en la operación de los retenes que permitan combatir la inseguridad, pero también respetar los derechos humanos.

“Como la mayoría de los mexicanos, no estoy en contra de que se combata a la delincuencia, por el contrario, estoy a favor de que se ejecuten todas y cada una de las acciones para atacar de frente a la inseguridad que cada día en mayor grado nos aqueja, sin embargo, el motivo de este exhorto tiene como fin el que se transparenten de parte del Estado Mexicano, las reglas para la instalación, operación, alcances y que se capacite a los miembros de las distintas corporaciones y de los ciudadanos, en sus derechos y obligaciones al momento de ser copartícipes en un operativo de esta índole”, destacó el legislador.

En el acuerdo legislativo se solicita se tomen las siguientes ocho consideraciones al momento de instalar un retén en el Estado de Sonora:

1. Servidores públicos debidamente autorizados por escrito de su superior jerárquico, identificados con indumentaria y con identificación oficial a la vista.
2. Vehículos plenamente identificados con los logos de las dependencias a cargo del retén, filtro de revisión o dispositivos de evaluación y control de tránsito.

3. Establecer un mínimo de seis elementos de la policía o elementos del Ejército Nacional, para la instalación y funcionamiento del retén.

4. Alumbrado y señalización vertical y horizontal instalada adecuada y oportunamente. El ingreso al retén debe percibirse por lo menos 200 metros antes, en las zonas urbanas, 500 metros en zonas semiurbanas y a 1000 metros en zonas en despoblado.

5. Información a la vista sobre los derechos y obligaciones para los ciudadanos y para los servidores públicos.

6. Carteles o publicidad con número de teléfono, domicilio convencional y electrónico para la interposición de quejas o sugerencias de parte de la ciudadanía. Objetivo que persigue la instalación del filtro de revisión y vigilancia.

7. Informar a la ciudadanía por los medios idóneos, el resultado obtenido de dicho trabajo.

El exhorto fue aprobado por todas las fuerzas políticas en el Congreso de Sonora.

(Fecha de publicación 14112016)

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