Nov 22, 2024

Funcionarios de la SEC amenazan con cerrar escuela en Hermosillo

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La Escuela Secundaria General para Trabajadores “General Lázaro Cárdenas el Río”, se encuentra ubicada en calle Alfonso Durazo A., entre Paseo Río San Miguel y Avenida Cultura en la colonia Villa de Seris -zona de gran tradición que combina un atractivo turístico, histórico y culinario en la capital sonorense-, inició sus operaciones hace poco más de cuatro décadas (1973) con el propósito de cumplir una importante función social, consistente en aportar a la sociedad los métodos para formar personas, la creación de estrategias pertinentes para impulsar el desarrollo interno y externo que potencie el desarrollo interpersonal, la socialización, así como la convivencia colectiva de los estudiantes, elementos que son necesarios para su integral inserción en la comunidad y en el ámbito laboral.

Esta institución, enclavada en el barrio con mayor tradición en la localidad, ha albergado en sus instalaciones a un gran número de hermosillenses y residentes provenientes de otras entidades federativas del país, otorgándoles la posibilidad de culminar estudios en dicho nivel académico en el lapso de tres años.

Tiempo después, atendiendo a las necesidades y características que presentan los estudiantes –mayores de 15 años-, así como a la demanda del mercado laboral, la Secretaría de Educación Pública, autoriza la modificación del esquema de formación académica -hace aproximadamente 15 años-, el cual, se redujo a un sistema presencial de dieciocho meses.

Este plan de estudios, diferente e innovador, ha contribuido a reforzar la preparación de los alumnos, al tiempo que les permite concluir su educación secundaria en un lapso inferior del que se requiere en la escuela regular, situación que constituye un gran acierto, considerando que los educandos que interrumpieron estudios por alguna razón, encuentran en esta institución, no sólo la posibilidad de reencauzar las metas escolares con el ánimo de mejorar sus condiciones laborales o incorporarse a la dinámica laboral en supermercados, negocios del ramo de la construcción, o bien, talleres mecánicos, sino que, también encuentran afecto en sus mentores, soporte psicológico, médico, asistencia social, compresión a sus problemas económicos y familiares proporcionado por el personal de la escuela, quienes se han encargado de cubrir las necesidades más elementales de los estudiantes que integran su comunidad escolar.

No obstante, lo anteriormente descrito, se observa que a los funcionarios de la Secretaria de Educación les importa todo lo que se “mueve” entorno a la dependencia, menos, lo esencial… “respetar el derecho a la educación” que poseen los estudiantes que alberga la “Secundaria para Trabajadores” como comúnmente se conoce, garantía contenida en el artículo tercero constitucional, que señala:

“Toda persona tiene derecho a recibir educación. El Estado -Federación, Estados, Ciudad de México y Municipios-, impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior.

La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias. La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente, todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a los derechos humanos y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia.

El Estado garantizará la calidad en la educación obligatoria de manera que los materiales y métodos educativos, la organización escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad de los docentes y los directivos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos”.

Aún cuando el precepto antes invocado, no deja lugar a duda sobre la hipótesis normativa que se desprende de cada párrafo, es importante hacer notar que todo apunta a que al Secretario de Educación y Cultura, Ernesto de Lucas Hopkins, al Subsecretario de Educación Básica, José Víctor Guerrero González y al Director General de Educación Secundaria en el Estado, Carlos Francisco Madero Valencia les importa poco o nada…, toda vez, que en septiembre pasado enviaron a la Mtra. Francisca Martínez Portela -Jefa de Enseñanza de Educación Secundaria- a cubrir la Dirección del plantel escolar en mención -arbitraria y unilateralmente-, actuando bajo procedimientos poco ortodoxos y al margen de las disposiciones normativas contenidas en la Ley General del Servicio Profesional Docente.

Sin lugar a duda, una violación flagrante al Estado de derecho que causa molestia e inconformidad entre el personal de la institución, pues está visto, que mientras que a algunos docentes los acosan, les deniegan sus derechos laborales, los persiguen con la fuerza pública y les imputan delitos por oponerse a la aplicación de una ley

 

Para otros, como la Mtra. Martínez Portela, resulta inaplicable dicho ordenamiento normativo, los privilegios que otorga el poder gubernamental, político y la camaradería, resulta por demás grotesca y vejatoria de derechos humanos en los estudiantes, no son pocos, los trabajadores de la educación que prestan servicios en este recinto educativo, que sostienen que la directora al tomar posesión material del cargo mencionó tener la “encomienda de cerrar la institución”, deduciéndose que esta acción se halla encaminada a que el Colegio de Bachilleres –actual y temporalmente opera en el edificio de la Secundaria “General Lázaro Cárdenas del Río”- se quede permanentemente con las instalaciones, lo que representaría un gran ahorro para la SEC en TODOS los sentidos, pues, el recurso que se tiene etiquetado para la construcción de su edificio, presumen podría ser desviado -sino es que “ya” se desvió- a la precampaña y/o campaña electoral con miras a los comicios del año venidero.

 

El afán es empecinado…

 

Las autoridades educativas y escolares le apuestan, quizá… a que en México y Sonora –sin excepción-, la ley se la pasan por el arco del triunfo, de otra manera resulta inentendible el quebranto sistemático de disposiciones contenidas en el derecho positivo nacional e internacional, que ameritan ser sancionadas, pues, tanto los que despachan en las oficinas centrales de la dependencia educativa localizada en la colonia Las Quintas, así como, la Mtra. Francisca Martínez Portela, han abusado de su posición, se han extralimitado en sus funciones, se han aprovechado de la inocencia de los estudiantes, así como de la confianza depositada por los progenitores de éstos.

 

La situación es grave y el propósito tenebroso

 

¿Por qué motivo se oculto durante tres meses que los alumnos de nuevo ingreso no fueron dados de alta en SICRES?

¿Qué pasará con sus calificaciones?

¿Dónde quedaron los protocolos de actuación para disminuir el impacto negativo en la psicología de los menores de edad al notificarles el cierre inminente de su escuela, más aún, cuando son discapacitados?

¿Por qué se omitió informar a los padres y madres de familia sobre la existencia del cierre de la institución?

¿Cuándo el interés superior de los adolescentes será una prioridad para los funcionarios de la SEC?

La educación como derecho humano

La Asamblea General de Naciones Unidas aprobó en 1948, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que concretamente en su artículo 26, se define y reconoce por primera vez en un texto oficial de vocación mundial la educación como derecho humano, que a la letra dice:

Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.

La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos; y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz. 3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

Este artículo otorga a cada persona el derecho a recibir una educación que cumpla los siguientes requisitos: disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y adaptabilidad.

Posteriormente, en 1966 se elaboraron el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. De esta manera, los Estados que firman y ratifican los Pactos quedan obligados a garantizar el cumplimiento de los derechos y libertades fundamentales indicadas en el mismo.

También, desde 1976 está en vigor el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. En el artículo 13 de este Pacto se encuentra una mención al derecho a la educación:

“Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a la educación. (…) la educación debe orientarse hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana y del sentido de su dignidad, y debe fortalecer el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales. El texto del artículo reproduce lo establecido en la Declaración de 1948 y lo completa detallando las características que la educación debe cumplir”.

Basándose en los tratados anteriormente citados sobre el derecho a la educación, la comunidad internacional ha promovido de manera especial este tema a través de diversas acciones emprendidas en la misma dirección y con el mismo propósito, ejemplo de ello son los siguientes:

El programa Educación para Todos (EPT) impulsado por Naciones Unidas desde inicios de los años 90 es reflejo de ello y de la preocupación de la comunidad internacional respecto. Uno de los hitos más importantes del programa Educación para todos (EPT) fue el Foro Mundial sobre la Educación celebrado en Dakar en el año 2000. Este Foro dio como resultado un documento: “Marco de Acción de Dakar- Programa Educación para Todos: cumplir nuestros compromisos comunes” que recoge los 6 objetivos para la educación que los Estados se comprometieron a cumplir para 2015.

Además de la UNESCO, también otras organizaciones de Naciones Unidas participan en la promoción y defensa del derecho a la educación. La UNICEF (Fondo de Naciones Unidas para la Infancia) promueve la educación de los niños y especialmente la de las niñas y las adolescentes. La Convención del Derecho del Niño constituye uno de los textos de referencia en la labor que UNICEF realiza en los países en vías de desarrollo. UNICEF participa en el programa Educación para Todos (EPT) y su esfuerzo se centra en la promoción del derecho a la educación de los niños desde que nacen hasta que cumplen la mayoría de edad. La FAO (Organización de las Naciones Unidas para la agricultura y la alimentación).

Conjuntamente con la UNESCO, trabaja por conseguir que la educación de calidad llegue a las zonas rurales donde vive cerca de un 70% de la población pobre. La OMS (Organización Mundial de la Salud) centra sus esfuerzos en la educación para la salud. Algunos de los temas que promueve son: la nutrición y la sensibilización sobre el VIH/SIDA. En cuestiones relacionadas con la planificación familiar y la educación sexual colabora también el UNFPA (Fondo de Población de Naciones Unidas). La OIT (Organización Internacional del Trabajo): El trabajo infantil es un obstáculo para el acceso a la educación de los niños y niñas. Por ello, la OIT desarrolla programas que permitan combinar el trabajo y la educación, entre otros.

Dirección electrónica: [email protected]
Twitter: @marelv_tita32

(Fecha de publicación 02112017)

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