INE niega suspender “las mañaneras” en la actual etapa del proceso electoral, pero reitera al Presidente no emita declaraciones político -electorales
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió
ayer por unanimidad de votos de sus integrantes, cuatro solicitudes de medidas
cautelares por presunta vulneración a los principios de legalidad, certeza e
imparcialidad en la contienda frente al proceso electoral 2023-2024.
El Partido de la Revolución Democrática (PRD) denunció la reiteración de
violaciones en materia electoral por parte del Titular del Ejecutivo Federal durante
la transmisión de las conferencias de prensa conocidas como “las mañaneras”,
ante el incumplimiento de diversas medidas ordenadas por la Comisión de Quejas
del INE, por lo que en concepto del quejoso, existe un peligro real de transgresión
a los principios constitucionales, solicitando el cese de cualquier transmisión o
difusión.
La Comisión determinó improcedente suspender la transmisión de las
conferencias de prensa matutinas, al igual que la suspensión temporal y el cese
de cualquier transmisión o difusión por parte de concesionarias públicas o
privadas ya que, bajo la apariencia del buen derecho, en este ejercicio de
comunicación oficial se abordan diversas temáticas relacionadas con asuntos de
interés general y no sólo de índole electoral, por lo que un posible retiro en la
etapa del proceso electoral en la que nos encontramos resultaría una medida
desproporcionada.
No obstante, la Comisión reiteró nuevamente al Presidente de la República su
deber de abstenerse de realizar manifestaciones, emitir comentarios, opiniones o
señalamientos, en cualquier modalidad y formato, de carácter político-electoral, ya
sea de forma positiva o negativa, cuidando que su actuar se encuentre ajustado a
los principios constitucionales de imparcialidad y neutralidad.
Por actos consumados no se otorgan tres medidas cautelares
El partido Morena denunció la transgresión al artículo 25 de la Ley General de
Partidos Políticos, derivado de la implementación de una plataforma web y app
para recabar el apoyo de la ciudadanía en el marco del proceso interno para
designar a la persona responsable del Frente Amplio por México, al requerir el
llenado de datos personales como nombre completo, teléfono, clave de elector,
sección electoral, correo y entidad federativa, así como la fotografía de la
credencial para votar.
Se determinó improcedente el dictado de medidas cautelares, al versar de actos
consumados de manera irreparable, toda vez que el pasado 3 de septiembre
concluyó el proceso político para el cual se utilizó la página web y la aplicación
denunciada.
En otro proyecto, la Comisión negó las medidas cautelares presentadas por el
diputado Jorge Álvarez Máynez, por la difusión de publicaciones en redes sociales
en su calidad de aspirantes a ocupar la coordinación de los comités de la defensa
de la cuarta transformación de Claudia Sheinbaum Pardo, Adán Augusto López
Hernández, Marcelo Luis Ebrard Casaubón, Ricardo Monreal Ávila, Manuel
Velazco Coello, José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña y el partido Morena.
De las investigaciones realizadas por la Unidad Técnica de lo Contencioso
Electoral (UTCE), se desprende que las publicaciones ya fueron eliminadas de la
red social, coincidiendo en que se trata de actos consumados e irreparables.
Finalmente, la solicitud de medidas cautelares presentada por un ciudadano en
contra de Marcelo Ebrard Casaubón, por la difusión pagada de 134 publicaciones
en la red social Facebook, entre el 10 y el 15 de agosto, a través de 14 cuentas de
usuarios fueron negadas, ya que el material denunciado no es visible o
consultable, por lo que, desde una óptica preliminar y bajo la apariencia del buen
derecho, se consideran actos consumados de manera irreparable.
En el mismo sentido, se consideró la tutela preventiva, toda vez que no se tienen
programadas actividades vinculadas con dicho proceso.
Fecha de publicación martes 10 de octubre de 2023