Nov 22, 2024

No procede denuncia contra Lily Téllez por expresiones en programa de Ciro

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Imagen Revista Macroeconomía

CIUDAD DE MÉXICO.˗˗˗ La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) conoció dos medidas cautelares, una por posible vulneración a los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad en la contienda y la otra por uso indebido de la pauta en el marco del Proceso Electoral Federal 2024.

 

Participación de Senadora de la República en programa, preliminarmente, cumple con disposiciones legales

 

Una persona cuyo dato es protegido, denunció a una Senadora de la República por las expresiones que ésta realizó el 15 de abril de 2024 en el programa de “Ciro Gómez Leyva por la Mañana”, y que, a su decir, son de naturaleza electoral y generan un beneficio indebido en favor de los partidos políticos que integran la coalición “Fuerza y Corazón por México”, así como de su candidata a la Presidencia de la República.

 

La Comisión de Quejas y Denuncias resolvió, por mayoría de votos, que es improcedente la adopción de medidas cautelares porque dichas expresiones, en principio, se encuentran salvaguardadas, por un lado, por el ejercicio informativo, dado el carácter de colaboradora en el programa de radio y, por otro lado, por la libertad de expresión a la que tiene derecho en su calidad de candidata a un cargo de elección popular.

 

Asimismo, el colegiado estimó que la entrevista se encuentra tutelada por la presunción de licitud de la que goza la labor periodística.

 

Promocionales del PVEM son actos consumados

 

El Partido de la Revolución Democrática (PRD) denunció al Partido Verde Ecologista de México (PVEM), por la difusión de diversos promocionales de radio y televisión ya que, a decir del quejoso, difunden logros de gobierno a través de sus programas sociales con la imagen del Presidente de la República.

 

La Comisión resolvió que es improcedente la adopción de las medidas cautelares solicitadas porque, se advierte que el 6 de marzo de 2024 culminó la vigencia de la difusión de los promocionales denunciados, razón por cual se está en presencia de actos consumados, aunado a que no se cuenta con elementos que permitan suponer la reprogramación de su difusión.

 

 

 

Por cuanto hace a la tutela preventiva, la Comisión no realizó ningún pronunciamiento, pues no se hizo solicitud concreta que sustente su procedencia.

Fecha de publicación lunes 6 de mayo de 2024.

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