Ordena Comisión de quejas retiro de promocional de movimiento ciudadano
CIUDAD DE MÉXICO. MX.— La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) fijó un plazo de 6 horas, a partir de la notificación formal, para que el Partido Movimiento Ciudadano retire y sustituya el promocional denominado “Aquí no eres bienvenido v2”, pautado en radio y televisión en el estado de Nayarit, porque su contenido podría constituir propaganda electoral cuya difusión no está permitida en el actual periodo de intercampaña que se desarrolla en la entidad.
En sesión extraordinaria urgente, con el voto a favor de las Consejeras Adriana Favela y Beatriz Galindo, así como del Consejero Enrique Andrade, la Comisión concedió la medida cautelar solicitada por el Partido Acción Nacional (PAN), toda vez que -del análisis preliminar- los spots incorporan la imagen de Antonio Echevarría García y expresiones como: “la dinastía Echevarría”, “como el PRI duró 70 años, va a durar 140”, “los políticos mentirosos, aquí no son bienvenidos”, que -bajo la apariencia del buen derecho- podrían tener como objeto restar apoyo a Echevarría García, registrado como candidato al cargo de Gobernador de Nayarit por la Coalición “Juntos por ti”, integrada por el PAN y otras fuerzas políticas.
La solicitud de medidas cautelares de Acción Nacional también hace mención a la presunta aparición de menores de edad, lo que podría vulnerar el interés superior de la niñez; sin embargo, del contenido del promocional de televisión denunciado no se advierte la presencia de infantes que resulten identificables como señaló el quejoso.
Improcedente medidas cautelares a mensajes de Moreno Valle
Durante la misma sesión, la Comisión determinó –por unanimidad- la improcedencia de la medida cautelar planteada por un ciudadano, con la finalidad de que el ex Gobernador de Puebla, Rafael Moreno Valle, deje de posicionarse a través de la difusión de promocionales –alojados en internet- referentes a las conferencias tituladas “Gobiernos Humanistas, cambio con responsabilidad”, en las que intervino en diferentes estados del país entre junio y noviembre de 2016, con miras al Proceso Electoral Federal 2017-2018.
Del estudio preliminar y bajo apariencia del buen derecho, la Comisión consideró que no tiene atribuciones para emitir una medida cautelar sobre actos futuros de realización incierta que puedan incidir en la libertad de expresión de una persona, en el ámbito jurídico electoral.
(Fecha de publicación 29032017)