Personas con discapacidad pueden votar desde su domicilio: INE
HERMOSILLO, SONORA, MX. — El Instituto Nacional Electoral (INE) en Sonora informa a la ciudadanía que esté impedida físicamente para acudir a su casilla electoral el 1 de junio y a sus cuidadores primarios, que podrán participar en las próximas elecciones para ocupar cargos del Poder Judicial de la Federación desde su domicilio, mediante la modalidad de Voto Anticipado.
Las personas que hayan solicitado su credencial para votar al amparo del artículo 141 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), es decir, a quien se le haya realizado el trámite a domicilio por estar impedido físicamente para acudir a alguno de los módulos de atención ciudadana de la entidad, personal del Instituto los visitará del 3 al 9 de marzo del año en curso para que soliciten su inclusión en la Lista Nominal de Electores del Voto Anticipado para que puedan votar bajo esta modalidad.
Asimismo, las personas que no pueden acudir a votar a alguna casilla por estar impedidas físicamente y que no hayan solicitado su credencial para votar bajo el amparo del artículo 141 de la LGIPE y sus cuidadoras primarias, también podrán solicitar su inclusión en la Lista Nominal de Electores del Voto Anticipado, para lo cual deberá descargar la solicitud en la liga https://ine.mx/voto-y-elecciones/voto-anticipado/ la cual, una vez que la hayan llenado, deberán enviar digitalizada a más tardar el 10 de febrero del año en curso, al correo electrónico voto.anticipado@ine.mx
Adicionalmente a la solicitud, también deberán remitir los siguientes documentos digitalizados:
Formato de protesta de decir verdad, que se puede descargar en la misma liga.
Credencial para votar vigente, por ambos lados.
Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a tres meses, el cual deberá corresponder a la persona con discapacidad y coincidir con el domicilio donde se llevará la emisión del voto.
Certificado médico de la persona con discapacidad, en el que se exprese la condición de salud relativa a la imposibilidad física. Dicho documento deberá de contener, por lo menos, el nombre completo de la o del médico tratante, su número de cédula profesional y, de ser posible, la dirección del consultorio o institución, teléfono y correo electrónico.
Una vez que el Instituto reciba la solicitud, revisará la información y documentación a través de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores (DERFE), para determinar la procedencia o improcedencia de incluir al solicitante en la Lista Nominal de Electores con Voto Anticipado, la cual servirá para registrar la participación de la ciudadanía que cumpla con los requisitos establecidos.
En Sonora los registros vigentes en Lista Nominal al 31 de diciembre de 2024, que realizaron un trámite bajo el amparo del artículo 141 de la LGIPE, es de 545 ciudadanas y ciudadanos.
Fecha de publicación viernes 31 de enero de 2025