Nov 28, 2024

Propone David Palafox que disparos «festivos» al aire se tipifiquen como delito

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HERMOSILLO, SONORA. MX.— La aberrante costumbre de celebrar la llegada del Año Nuevo con disparos al aire que algunos practican en nuestro estado y en todo el país debe tener un fin, ante la peligrosidad de estas balas perdidas, que provocan lesiones e incluso la muerte en muchos ciudadanos, por lo que el legislador hermosillense David Palafox Celaya propuso se tipifique como delito estas acciones temerarias creando la nueva infracción legal del Disparo Indebido de Arma de Fuego en el Código Penal de Sonora.

Fueron al menos 11 las personas que durante la pasada festividad en Sonora sufrieron lesiones graves por estas balas perdidas, y lo más grave es que 4 de ellos eran menores de edad, por lo que el diputado Palafox Celaya en coordinación con el secretario de Seguridad Pública, Adolfo García Morales, trabajaron en esta iniciativa de reforma del Código Penal que hoy se presentó ante la mesa directiva de la comisión permanente del Congreso del Estado local.

“Hasta el momento ni el Código Penal estatal ni el federal contemplan estos disparos “festivos” al aire como delito, por lo que estas acciones temerarias quedan siempre sin castigar. Así estamos permitiendo que cualquiera pueda accionar de manera peligrosa e injustificadamente instrumentos capaces de producir una fuerza claramente letal, por ser diseñados expresamente para privar de la vida a seres humanos, y solo le tomamos importancia en aquellos casos en los que los proyectiles ocasionen lesiones u homicidio a algún inocente, o hayan provocado daños materiales de consideración, pero son muchos más los casos que se producen cada fin de año que los reportados en las cifras oficiales”, explicó el diputado David Palafox.

Así, se propuso que la creación del delito de Disparo Indebido de Arma de Fuego contemple penas de 3 días a 6 meses de prisión y multas de 20 a 200 Unidades de Medida y Actualización, a quien realice el disparo de un arma de fuego sin tomar las medidas de seguridad indispensables, y que estas penas se agraven hasta 1 año de prisión y de 50 a 250 UMAs cuando el delito sea cometido en estado de embriaguez o bajo el influjo de estupefacientes, psicotrópicos o cualquier otra substancia que afecte las facultades psicomotrices.

Además, el delito se agravaría si es cometido por un servidor público o representante de las fuerzas de seguridad, puesto que se trata de personas en las que se ha depositado la confianza de la sociedad para que protejan a las familias sonorenses, contemplando hasta una mitad más de la pena correspondiente, además de la destitución del cargo y la inhabilitación para desempeñarse como servidor público en el Gobierno Estatal y en los Ayuntamientos de la Entidad, por el doble del tiempo al de la pena de prisión impuesta.

Según estudios del reconocido servicio público de noticias de Reino Unido, mejor conocido como BBC, son muchos los casos de muertes por balas perdidas al aire, ya que aunque la velocidad de una bala que cae es más baja que la de una que acaba de ser disparada, es todavía suficientemente rápida como para ser fatal.

Según un estudio datado en 1962, una ráfaga de calibre 30 puede alcanzar velocidades terminales de 91 metros por segundo la caída de cada bala. Estudios más recientes indican que una velocidad de 61 metros por segundo es suficiente como para penetrar un cráneo.


“Esta Legislatura no debe permanecer indiferente ante este problema que pone en indefensión a la sociedad sonorense ante la incertidumbre que generan las balas perdidas, pues cualquier persona, independientemente de su profesión, rango de edad o nivel social, puede convertirse en víctima de esta acción sin sentido, lo que nos obliga a tipificar como delito el acto de disparar un arma de fuego al aire sin tomar las debidas precauciones”,
sentenció David Palafox.

(Fecha de publicación 09012018)

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