Nov 8, 2024

SCJN invalida Plan B de la reforma electoral, por violaciones al proceso legislativo

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CIUDAD DE MÉXICO. MX. — Los ministros de la Suprema corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidaron la primera parte del “Plan B” de la reforma electoral presentada por el presidente Andrés Manuel López Obrador, al señalar que se violaron los procesos legislativos.

 

El ministro Alberto Pérez Dayán en su proyecto señaló las violaciones al procedimiento legislativo que se dio en el Congreso de la Unión, la reforma se aprobó sin observar las reglas del procedimiento legislativo, debido a que el proyecto avalado no fue el mismo que se anunció en una sesión previa en la Cámara de Diputados; además, la iniciativa fue considerada de “urgente resolución”, los cual calificó como una “tramitación injustificada”.

Menciona que las violaciones de la reforma van en contra de los artículos 71 y 72 de la Constitución, los cuales afectaron el principio de deliberación entre las partes dentro de una democracia representativa, además de que le negaron los derechos de las minorías parlamentarias.

Los ministros votaron a favor de la acción de inconstitucionalidad de la Ley General de Comunicación Social y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas por una falta de imparcialidad.

 

“Nuestro país es una democracia constitucional, uno de sus principios fundamentales es que las decisiones deben ser tomadas mediante procedimientos democráticos de tipo deliberativo… que las decisiones deben adoptarse mediante la regla de la mayoría una vez que sea deliberado el tiempo suficiente a partir de la información relevante habiéndose escuchado en igualdad de condiciones de todas las fuerzas políticas con representación”.

 

— Norma Piña Hernández, presidenta de la SCJN

Para entender el contexto: Presidencia presiona a SCJN por “Plan B”; acusa sustitución del Poder Legislativo

Alberto Pérez Dayán

Alberto Pérez Dayán

¿Cómo fue la votación?

Los ministros que votaron a favor del proyecto (por la invalidez de la reforma)

1. Alberto Pérez Dayán (ponente)

2. Ana Margarita Ríos Farjat

3. Juan Luis González Alcántara Carrancá

4. Luis María Aguilar Morales

5. Arturo Zaldívar Lelo de Larrea

6. Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena

7. Jorge Mario Pardo Rebolledo

8. Javier Laynez Potisek

9. Norma Lucía Piña Hernández

En contra del proyecto (por preservar las reformas)

 

1. Yasmín Esquivel Mossa

2. Loretta Ortiz Ahlf

 

La ministra Yasmín Esquivel Mossa expresó su voto en contra del proyecto al afirmar que las violaciones al proceso legislativo no fueron graves, afirma que la SCJN no puede invalidar las facultades del Legislativo porque se estaría violando la división de poderes.

 

Al comenzar la sesión pública de la Corte, el secretario General de Acuerdos, Rafael Coello, dio a conocer que el pasado jueves, a las 21:35 horas, la consejera jurídica del Ejecutivo Federal, María Estela Ríos, interpuso un recurso de recusación en contra del ministro Alberto Pérez Dayán por “falta de imparcialidad”, solicitando al pleno que el togado fuera impedido de participar en la discusión de las impugnaciones en la primera parte del “Plan B”.

 

 

“Estimo no caer en ningún supuesto legal excepcional de impedimento que me llevara a excusas, esto como se argumenta por falta de imparcialidad en el conocimiento del asunto, como ministro instructor de estas acciones de inconstitucionalidad presente a este alto tribunal el proyecto de resolución, que tiene a la vista, para su discusión, y resolución con base a mi propio criterio argumentativo”, expresó el ministro Pérez Dayán ante el Pleno de la Corte.

 

El recurso fue puesto a votación y los 11 ministros votaron a favor de desechar la queja del CJEF, por lo que la Suprema Corte inició el estudio del proyecto de sentencia.

 

Días previos a la sesión del Pleno de la SCJN, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal advirtió a la máximo tribunal del país que si invalida el proceso legislativo del Plan B incurrirá en sustituir al Congreso de la Unión.

 

“Al tratarse de un poder derivado, sin legitimación, la SCJN no debe restringir las atribuciones que la norma fundamental concede al Poder Legislativo para regular el trámite de elaboración de las normas, siempre y cuando sean resultado de la voluntad mayoritaria de los integrantes del Congreso de la Unión. De hacerlo, violará el principio de división de poderes y el equilibrio que debe existir entre estos”, indicó la Consejería Jurídica a través de un comunicado.

 

PUBLICADO EL 08 DE MAYO DE 2023/

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