Se agota fecha límite para que Partidos Políticos acrediten la afiliación debida de sus militantes
CIUDAD DE MÉXICO.─ El Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina, subrayó en conferencia de prensa que la depuración de bases de datos es fundamental para la certeza y transparencia a la que están obligados los partidos políticos.
Acompañado del Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos, Patricio Ballados Villagómez, explicó que, desde el 1 de febrero de 2019, los partidos políticos dieron a conocer a su militancia y al público en general, el inicio de este procedimiento a través de sus páginas de Internet y de los medios formales de publicidad establecidos en su normativa interna.
A partir de esa fecha y hasta el 31 de julio de 2019, debieron dar de baja en forma definitiva a las y los ciudadanos que hayan presentado alguna queja por indebida afiliación, así como poner “en reserva” dentro de sus padrones de militantes a aquellas personas respecto de las cuales no contaran con la cédula de afiliación o documento que acredite su registro como militantes.
Para facilitar la tarea de revisión y actualización, así como brindar herramientas que permitan garantizar la autenticidad de las afiliaciones, el INE puso a disposición de los partidos políticos una APP, la cual genera un expediente electrónico de cada refrendo o nueva afiliación captada. Cinco partidos políticos —PRD, PVEM, MC, PRI y Morena— firmaron un convenio de colaboración con el Instituto para el uso de la aplicación informática.
A partir del 1 de enero de 2020 iniciará la implementación de la cuarta y última etapa del procedimiento, durante la cual el INE hará una consolidación final de los padrones de afiliadas y afiliados de los PPN, de manera que sólo contengan los nombres de las personas respecto de las cuales se cuente con el documento que avale su afiliación o ratificación y su identidad, y que éstos coincidan con los publicados en la página de Internet del Instituto.
Durante esta etapa, los partidos políticos deberán notificar al INE la cancelación de datos de todos aquellos registros que permanezcan en el estatus de “en reserva” y de los cuales no se tenga el documento que prueba la afiliación o ratificación de la misma. En caso contrario, el INE revertirá esos registros al estatus de “válido”. A partir de ese momento, todas aquellas quejas presentadas por indebida afiliación en la que los partidos políticos no cuenten con el documento que acredite fehacientemente la voluntad de la o el militante, serán sancionadas como corresponda, incluyendo la imposición de multas.
Este procedimiento no sustituye la verificación de padrones de afiliadas y afiliados que el INE realiza cada tres años para corroborar que los Partidos Políticos Nacionales cuenten con el número mínimo de afiliaciones requerido por la ley para conservar su registro, equivalente al 0.26% del Padrón Electoral (233,945 ciudadanas y ciudadanos), el cual iniciará en abril de 2020, de manera simultánea al proceso de constitución de nuevos partidos.
En este sentido, se verificará que los padrones de afiliadas y afiliados de las organizaciones que presenten su solicitud de registro para constituirse como partido político nacional no presenten dobles afiliaciones con los partidos políticos ya constituidos, en cuyo caso prevalecerá la afiliación más reciente.
Al contar con padrones de militantes actualizados, y una vez que la autoridad verifique el porcentaje mínimo exigido en la ley para la conservación de su registro, los Partidos Políticos Nacionales estarán en condiciones óptimas para participar en los procesos electorales federal y locales 2020-2021.
Fecha de publicación 18/dic/2019