Nov 23, 2024

¿Suspensión de garantías y estado de excepción… la solución?

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03042016. HERMOSILLO, SONORA.MX. MARTHA ELVA GONZÁLEZ PÉREZ.— El martes pasado −29 de marzo de 2016−, la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados aprobó en sesión de trabajo el dictamen de la minuta que expide la Ley Reglamentaria del Artículo 29 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Es importante mencionar, que esta norma regula el procedimiento para decretar la restricción o suspensión de garantías y estado de excepción en el momento en que el Ejecutivo considere que el territorio nacional presenta situaciones de amenaza o emergencia que colocan en situación de riesgo el Estado de derecho que debe privar en la población.

Se prevé que dicha ley, también sea aplicable en casos de grave peligro o conflicto (circunstancias excepcionales que generen afectaciones a la población por factores de orden sanitario, ambiental, climático, químico o físico, o bien, por acciones que los expongan a emergencias o desastres, sean de origen natural o antropogénico, referido este a los efectos, procesos o materiales que son el resultado de las actividades humanas.

El texto –compuesto por 34 artículos y dos transitorios−, precisa que la aplicación de las hipótesis normativas contenidas en la Ley Reglamentaria del artículo 29 constitucional, sólo procederá en casos de invasión y perturbación grave de la paz pública, situación que supone alteraciones a la estabilidad social que pongan en riesgo la integridad, seguridad o libertad de la población y que representen una amenaza a la capacidad de las instituciones del Estado para hacerles frente.

Las señales de alerta se encuentran encendidas, puesto que la aprobación y posterior publicación de la ley, coloca en severo riesgo la manifestación social, la asociación, circulación, libertad de expresión, derechos patrimoniales o derechos de autor.

En las consideraciones de la comisión –que son de carácter vinculatorio en el ejercicio de las leyes− se incluye una lista de los peligros que justificarían una petición para suspender garantías en un estado, región o todo el territorio nacional, con el argumento de que la suspensión “puede ser una forma de tutela a los derechos humanos.

Luego entonces, resulta comprensible que las organizaciones no gubernamentales y civiles hayan externado su inquietud, respecto de la aprobación de un dictamen que no incluye la opinión de la ciudadanía.

¡Nada nuevo…!

En este tenor, el activista Javier Sicilia Zardain, señala: “el dictamen que será discutido en la Comisión de Derechos Humanos protegerá la impunidad que existe en las intervenciones del Gobierno, en especial la de los puestos más altos…”

Sin duda “protegerá al Presidente y, a aquellos que están en las partidocracias coludidos por el crimen organizado, empresarios metidos en el crimen organizado y no a la ciudadanía”.

(…).

El Índice de Impunidad México 2016 (IGI-MEX), elaborado por la Universidad de las Américas Puebla (UDLAP) estableció que el país se encuentra en el lugar 58 de los 59 países con mayor impunidad.

Y, en materia de seguridad, la impunidad no hace viable una ley de esta naturaleza, detalló Sicilia: “Tenemos 200 mil asesinados, 30 mil desaparecidos, más de un millón de desplazados, de qué nos están hablando, ya tenemos un Estado de excepción. No pueden controlar eso”.

Pero… ¿lo quieren legalizar?

Diversas fracciones parlamentarias en el Congreso de la Unión –priistas, panistas y perredistas−, argumentaron que la ley, que pretenden aprobar esta misma semana en el pleno de la Cámara, no tiene como objeto la represión social, sin embargo, la coordinadora de Morena, Rocío Nahle García, resaltó que en el dictamen y en el contenido de la ley no se define “qué se entiende por perturbación grave de la paz pública, conflicto o invasión”.

Lo que podría generar que el Ejecutivo Federal realizase una interpretación a modo de la Ley, lo que traería como consecuencia que en el momento en que éste considere que se actualizan los supuestos contenidos en la norma, decretaría la restricción o suspensión de garantías y estado de excepción, decisión, que genera la percepción de que será discrecional, arbitraria y unilateral.

Es claro, al actual gobierno le interesa acallar las voces de protesta y creciente oposición política, expresada en la protesta y la manifestación. Las tácticas y estrategias para nulificar esto son amplias y con tendencia tricolor.

¡Terrible…!

Por ello, ahora se cree que lo ilegal se hará legal, la historia apunta hacia a algunos ejemplos de represión, tortura, encarcelamiento ilícito, desaparición forzada de personas y crímenes de lesa humanidad: el 68, el halconazo, Acteal, Aguas blancas, Atenco, el primero de diciembre de 2012, Ayotzinapa, y el 20 de noviembre de 2014, entre otros… han demostrado una y otra vez que la represión militar y policiaca opera sin piedad en contra de de la manifestación pacífica y de la libre expresión de las ideas. De allí, que el futuro que se vislumbra no resulte nada halagador, menos gratificante.

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